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Tipos Impositivos en el I.R.P.F.

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Sistema de Liquidación:

  • Rendimiento Íntegro: (RI) Es el importe total de cada una de las fuentes de renta
  • Rendimiento Neto: (RN) Es el RI minorado en los gastos fiscalmente deducibles para cada una de las categorías de renta. Por ejemplo, en el caso de los rendimientos del trabajo personal se incluyen los gastos de seguridad social.
  • Base Imponible: (BI) Es la suma de los RN. Se distingue una base general y una base del ahorro.
  • Base Liquidable: (BL) Es el BI menos una serie de reducciones, entre las cuales se encuentra un mínimo personal/vital/familiar.
  • Gravamen: A la base general se aplica una escala progresiva, mientras que para la base del ahorro se usa un porcentaje fijo del 19% para los primeros 6.000€ y un 21% para el importe restante.
  • Cuota Íntegra: La cuota íntegra será la suma de las cantidades resultantes de aplicar los tipos de gravamen a las bases liquidables general y del ahorro, respectivamente.
  • Cuota Líquida: (CL) Es la CI menos una serie de deducciones. Por ejemplo, las deducciones por adquisición de vivienda
  • Cuota Diferencial: (CD) Es la CL menos las retenciones, ingresos a cuenta, pagos fraccionados , deducciones por doble imposición internacional y deducciones por maternidad. Su importe será negativo (a devolver) si el importe de los pagos a cuenta (retenciones, ingresos a cuenta y pagos fraccionados) es superior al importe de la cuota líquida.

Tipos Impositivos

La actual Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Ley 35/2006 de 28 de noviembre, ha reducido a cuatro los tramos de la tarifa y establece un tipo marginal máximo del 43%.

Tramos:

Hasta 17.360 euros al año se nos aplicará una retención del 24% Desde 17.360 hasta 32.360, la retención será del 28%. Desde 32.360, hasta los 52.360 euros anuales, pagaremos a Hacienda 37%. Con ingresos anuales superen estos 52.360 euros el porcentaje se sitúa en el 43%. Si se gana menos de 9.000 euros, directamente no se paga este impuesto.

En la reforma de 2003, ya se redujo el tipo marginal máximo del 48% al 45% y el número de tramos de la tarifa del impuesto de seis a cinco. El comité de expertos para aquella reforma ya había sugerido una reducción a cuatro tramos

En años anteriores el tipo marginal ha llegado a estar por encima del 50% Atrás Siguiente

 

   
   
   

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