Impuesto sbre la Renta Personal
01-01-2010
Sistema de Liquidación:
- Rendimiento Íntegro: (RI) Es el importe total de cada una de las fuentes de
renta
- Rendimiento Neto: (RN) Es el RI minorado en los gastos fiscalmente deducibles
para cada una de las categorías de renta. Por ejemplo, en el caso de los
rendimientos del trabajo personal se incluyen los gastos de seguridad social.
- Base Imponible: (BI) Es la suma de los RN. Se distingue una base general y
una base del ahorro.
- Base Liquidable: (BL) Es el BI menos una serie de reducciones, entre las
cuales se encuentra un mínimo personal/vital/familiar.
- Gravamen: A la base general se aplica una escala progresiva, mientras que
para la base del ahorro se usa un porcentaje fijo del 19% para los primeros
6.000€ y un 21% para el importe restante.
- Cuota Íntegra: La cuota íntegra será la suma de las cantidades resultantes de
aplicar los tipos de gravamen a las bases liquidables general y del ahorro,
respectivamente.
- Cuota Líquida: (CL) Es la CI menos una serie de deducciones. Por ejemplo, las
deducciones por adquisición de vivienda
- Cuota Diferencial: (CD) Es la CL menos las retenciones, ingresos a cuenta,
pagos fraccionados , deducciones por doble imposición internacional y
deducciones por maternidad. Su importe será negativo (a devolver) si el importe
de los pagos a cuenta (retenciones, ingresos a cuenta y pagos fraccionados) es
superior al importe de la cuota líquida.
Tipos Impositivos
La actual Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Ley
35/2006 de 28 de noviembre, ha reducido a cuatro los tramos de la tarifa y
establece un tipo marginal máximo del 43%.
Tramos:
Hasta 17.360 euros al año se nos aplicará una retención del 24% Desde 17.360
hasta 32.360, la retención será del 28%. Desde 32.360, hasta los 52.360 euros
anuales, pagaremos a Hacienda 37%. Con ingresos anuales superen estos 52.360
euros el porcentaje se sitúa en el 43%. Si se gana menos de 9.000 euros,
directamente no se paga este impuesto.
En la reforma de 2003, ya se redujo el tipo marginal máximo del 48% al 45% y
el número de tramos de la tarifa del impuesto de seis a cinco. El comité de
expertos para aquella reforma ya había sugerido una reducción a cuatro tramos
En años anteriores el tipo marginal ha llegado a estar por encima del 50%