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Cuando una empresa vende a un cliente, el cobro no se efectúa normalmente al
contado, sino que se hace en un plazo que oscila entre los 30 y los 180 días
generalmente.
El descuento es el procedimiento utilizado por las empresas y los autónomos para anticipar, mediante la intervención de un banco o una caja de ahorros, los pagos que tiene pendientes de sus clientes y que están representados por letras de cambio u otros documentos mercantiles. Esta vía de financiación se establece mediante un contrato entre la entidad de crédito y el cedente (empresa que descuenta), en el que se fija el límite hasta el cual la entidad de crédito mantiene el compromiso de descontar los efectos (pagos pendientes de clientes), aunque se reserva el derecho a rechazar aquellos que no cumplan determinados requisitos o a suspender el descuento de forma provisional o definitiva. Los instrumentos más comunes que se usan es esta forma de crédito son:
El objeto final de esta clase de operaciones es el cobrar el dinero que deben los clientes antes de la fecha pactada entre ellos y la empresa. Esta posibilidad de adelantar el cobro tiene un coste para la empresa (los intereses y/o comisiones que cobra la entidad de crédito por adelantarlo) por lo que las empresas no anticipan todos sus cobros sino sólo lo que necesitan para el buen funcionamiento de su actividad. El coste en que incurrirá la empresa dependerá fundamentalmente de:
La fórmula que se aplica por parte de bancos y cajas para calcular el coste del descuento y por tanto el importe que se le anticipa a la empresa es la siguiente:
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